En certifiK2 Te ofrecemos un servicio completo para la apertura de tú negocio, mediante la gestión de la licencia de apertura, obra o actividad. Esta servicio esta pensado para facilitar todo el proceso de puesta en marcha de cualquier tipo de actividad
Siempre que se emprenda una actividad económica en un local abierto al publico, entre otros tramites, se necesita la autorización del Ayuntamiento correspondiente para poder ejercer la actividad en una determinada ubicación.
Se necesita un proyecto y una memoria técnica, redactado y firmado por un ingeniero o técnico superior calificado, que certifique que el establecimiento (local comercial, nave industrial etc…) cumple con la normativa urbanística y técnica obligatoria.
La comunicación ambiental para actividades inocuas o no calificadas y la licencia ambiental para actividades Molestas, Nocivas, Peligrosas e Insalubres.
Todas aquellas que generan molestias y por su naturaleza conllevan riesgo contra la salud e higiene y pueden generar riesgos graves a personas y bienes.
Aquellas actividades que por su naturaleza, carácter y condiciones de funcionamiento no pueden previsiblemente producir molestias, afectar a las normales condiciones de salubridad e higiene, o implicar daños o riesgos graves a personas o bienes, reciben la denominación de Actividades Inocuas.
Dentro de las actividades Inocuas se establece la modalidad de Declaración responsable.
Para locales de menos de 300 m2 en los que se establezca una actividad Inocua, según listado de negocios incluidos en la nueva ley, con el que se agiliza el tramite.
Si lo Necesita. Un técnico cualificado debe indicar a través del proyecto (memoria técnica y planos) que se cumple la normativa para poder abrir el negocio. Como es lógico el titular de la actividad no está cualificado para poder saber si se cumple con la normativa vigente. En algunos ayuntamientos ya no es necesario aportar el proyecto pero si tenerlo en el establecimiento a la espera de la visita municipal.
Una vez realizada, para determinadas actividades se permite la apertura del establecimiento sin esperar a la resolución del ayuntamiento. Se deberá contar con el Proyecto técnico en el establecimiento. El ayuntamiento examinará la documentación y realizará la visita al establecimiento, revisando el mismo y el proyecto. Indicando finalmente si el mismo puede permanecer abierto.